RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA EL XXVII CERTAMEN DE LETRAS HISPÁNICAS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA “RAFAEL DE CÓZAR” AÑO 2020/2021, EN SUS MODALIDADES DE NOVELA, POESÍA Y TEATRO
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Se convoca el XXVII Certamen Literario de Letras Hispánicas de la Universidad de Sevilla “RAFAEL DE CÓZAR”, año 2020/2021, en las tres modalidades de novela, poesía y teatro, con sujeción a las siguientes
BASES
1. Participantes
Podrán participar en este certamen las personas que cumplan, al menos, uno de los tres siguientes requisitos:
- estudiantes universitarios matriculados en el curso 2020/2021 en alguna de las universidades españolas o americanas, o de países que tengan o hayan tenido como idioma oficial el español.
- personas que hayan concluido dichos estudios en el curso 2011/2012 o posterior en alguno de dichos países.
- autores nacidos con posterioridad al 1 de enero de 1981 que aún no hayan publicado un libro de creación literaria en solitario. A estos efectos, las autoediciones en formato digital o la inclusión de una narración breve en una antología colectiva no se considerarán publicaciones.
Quedan exceptuados aquellos que hubieran obtenido el primer premio en cualquier modalidad en convocatorias anteriores.
Los participantes realizarán una declaración responsable manifestando reunir uno de los tres requisitos establecidos en esta cláusula, comprometiéndose a justificar documentalmente tales extremos caso de resultar ganadores.
2. Obras
Cada participante podrá presentar una única obra por modalidad (poesía, teatro y novela); escrita en español, original e inédita, que no podrá haber sido premiada en otros concursos ni en el momento de la presentación ni de la concesión del premio y con la extensión que se especifica en la base 3 para cada una de las tres modalidades.
3. Extensión de las obras
La extensión de las obras, para cada una de las tres modalidades, será la siguiente:
- Modalidad novela: una extensión entre 25.000 y 37.500 palabras (equivalentes a 75 / 125 páginas), ordenografiadas a doble espacio.
- Modalidad poesía: un mínimo de 300 y un máximo de 600 versos.
- Modalidad teatro: una extensión equivalente al tiempo de la puesta en escena convencional.
4. Presentación de los trabajos
Las obras deberán presentarse, necesariamente, en soporte electrónico (formato doc, rtf u odt; no se permite otro tipo de formato), sin contener ilustraciones ni otro contenido distinto del propio texto, a través de la página web del Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla,, en donde se ofrecerá un formulario para facilitar los datos personales necesarios para la presentación así como la subida del archivo conteniendo la propia obra. No se admitirá la entrega en papel ni a través del Registro General de la Universidad de Sevilla.
El plazo de presentación comenzará el día de la publicación de la presente convocatoria y finalizará a las 23:59 del día 30 de julio de 2021.
5. Premios
Se establecen los siguientes premios:
Para la modalidad de novela, un premio único de tres mil euros (3.000,00 €), más la publicación de una primera edición de la obra premiada.
Para la modalidad de poesía, un premio único de mil quinientos (1.500,00 €), más la publicación de una primera edición de la obra premiada.
Para la modalidad de teatro, un premio único de mil quinientos (1.500,00 €), más la publicación de una primera edición de la obra premiada. La Universidad de Sevilla se reserva el derecho de puesta en escena de la obra durante el periodo de dos años, contados a partir de la concesión, para lo cual el autor cede en exclusiva sus derechos durante dicho periodo de tiempo, quedando liberado de la cesión del derecho (y por tanto también de su exclusividad) si, transcurrido el plazo, la Universidad de Sevilla no hubiera estrenado la obra, o bien si, con anterioridad, comunicara por escrito al autor la intención de no ejercer este derecho.
Sobre las mencionadas cantidades se realizarán las retenciones de impuestos que marque la ley.
6. Publicación de las obras premiadas
Las obras premiadas serán publicadas por las editoriales que resulten adjudicatarias del concurso público que se convoque a tal efecto, con una tirada de entre setecientos y mil ejemplares y difusión nacional.
Para proceder a la publicación de las obras, los autores premiados deberán suscribir el oportuno contrato de edición con las editoriales adjudicatarias. A tal fin, y por el hecho de participar, los autores ceden, caso de resultar ganadores, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación necesarios, de forma exclusiva y con posibilidad de cesión a terceros para proceder a una primera edición de la misma y por el número máximo de ejemplares especificados en esta cláusula.
7. Destrucción de las obras presentadas
Pasado un plazo de SEIS meses desde el acta de concesión del premio, a Universidad de Sevilla destruirá todos los archivos informáticos presentados a la convocatoria, así como de las copias en papel que, en su caso, pudieran haberse realizado a petición del jurado con el único fin de facilitar su lectura por el mismo.
No obstante, si la interposición de un recurso administrativo o contencioso-administrativo así lo hiciera necesario, la Universidad de Sevilla conservará los archivos informáticos hasta la firmeza de la resolución administrativa o judicial correspondiente.
La Universidad de Sevilla no mantendrá correspondencia con los autores sobre las obras presentadas, ni hará de ellas ningún uso distinto del contemplado en la presente resolución.
8. Jurado
El jurado de cada una de las tres modalidades estará presidido por el director general de Cultura y Patrimonio de la Universidad de Sevilla, por delegación expresa del rector, y lo constituirán personalidades de reconocido prestigio en el ámbito objeto de este premio. Uno de los miembros del jurado será nombrado a propuesta de la editorial adjudicataria de la publicación del libro premiado.
A la vista del número de obras presentadas, y a propuesta del jurado, la Universidad de Sevilla podrá encargar a una comisión una selección previa de las obras. Las personas que formen dicha comisión, recibirán las obras sin indicación alguna de su autoría, y, en todo caso, deberán firmar el correspondiente acuerdo de confidencialidad.
El fallo del jurado será inapelable, pudiendo declarar desierto el premio en cualquiera de las modalidades convocadas. Igualmente, el jurado podrá conceder un accésit sin dotación económica.
9. Disponibilidad presupuestaria
De conformidad con el artículo 46 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la presente convocatoria está condicionada a la efectiva consignación en el Presupuesto de la Universidad de Sevilla para 2021. A tal fin, se ha realizado la correspondiente retención de crédito con cargo a la aplicación orgánica/funcional/económica 18.40.18.03/451/482 del presupuesto de la Universidad de Sevilla del ejercicio 2021, por un importe de 6.000,00 €, que se acompaña al expediente.
10. Autorización de uso de imagen y cesión de datos
En cumplimiento de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de Protección Civil al Derecho al Honor y Familiar y a la Propia Imagen, así como del Reglamento General de Protección de Datos, y a la Ley Orgánica. 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los participantes autorizan, expresamente a la Universidad, caso de ser premiados, a publicitar su nombre completo, así como la denominación de las obras presentadas. Igualmente, dan su consentimiento, caso de ser seleccionados, a facilitar a los medios de comunicación que así lo solicitaren su teléfono y/o email, a fin de que puedan contactar con ellos, sin que en ningún caso puedan publicarse dichos datos personales.
En aplicación de la normativa sobre protección de datos personales (RGPD UE 2016/679 y LOPDyGDD 3/2018) se informa a los participantes que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, Actividades de Promoción del centro de Iniciativas Culturales que tiene como finalidad la tramitación y gestión del uso de los distintos servicios ofrecidos por el Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla. El tratamiento es necesario para cumplir una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable; para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte. Asimismo, se legitima por el consentimiento expreso del interesado, en su caso.
De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace https://cicus.us.es/protecciondatos/
11. Recursos
De conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tanto la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, como los actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del jurado, podrán ser impugnados mediante recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación o notificación impugnada conforme al art. 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa.
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