Concesión de ayudas en este enlace
Plazo de solicitudes entre el el 14 de octubre y el 15 de noviembre de 2016, a través de este enlace web. Necesitará acompañar su solicitud de estos documentos:
- Justificación de ser el representante del Aula de Cultura
- Hoja de cálculo para presentar los presupuestos de las actividades
El art. 68.1 de sus vigentes estatutos dispone que “la Universidad de Sevilla incluye entre sus objetivos la promoción cultural, mediante la conservación del patrimonio histórico y de sus instalaciones, la programación de actividades relacionadas con el arte, la cultura, la técnica y la ciencia; así como la difusión de las capacidades artísticas y culturales de los diferentes miembros de la comunidad universitaria.”
En su virtud, se aprueba la presente convocatoria de ayudas a las aulas de cultura de la Universidad de Sevilla para el año 2017, de acuerdo con las siguientes
BASES
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
El objeto de la presente convocatoria es la promoción de iniciativas culturales realizadas por los miembros de la comunidad universitaria a través de las aulas de cultura de la Universidad de Sevilla, cuya relación figura en el Anexo I de la presente convocatoria.
Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades de carácter académico y deportivo; las peticiones de ayuda para viajes; las realizadas por personas ajenas a la comunidad universitaria de Sevilla; las actividades organizadas, directa o indirectamente, por organizaciones sindicales y/o partidos políticos; las actividades a realizar fuera del distrito universitario de Sevilla y las realizadas en nombre de colectivos no universitarios, cualquiera que sea su naturaleza.
Dado que la Universidad de Sevilla tiene una convocatoria específica de ayudas a actividades teatrales, quedan excluidas de esta convocatoria las peticiones destinadas directa o indirectamente a la puesta en escena de una obra.
2. PARTICIPANTES
Podrán acceder a estas ayudas los miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Sevilla (profesores, estudiantes y personal de administración y servicios) que presenten proyectos a través de las aulas de cultura de los centros de esta universidad.
3. CUANTÍA. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
Se establece un monto global de ayudas a conceder de 35.012,00 €, distribuidas conforme al anexo I de la presente resolución.
Para establecer estas cantidades, se ha establecido una cantidad mínima para cada aula de cultura, incrementada, en el caso de los centros universitarios, en una cantidad proporcional al número de estudiantes de cada uno.
La presente convocatoria está condicionada a la efectiva consignación en el Presupuesto de la Universidad de Sevilla para 2017. A tal fin, se ha realizado la oportuna retención de crédito con cargo a la aplicación orgánica/funcional/económica 18.40.18 – 422D – 480.03 del presupuesto de la Universidad de Sevilla para el año 2016, por el importe global de 35.012,00 €, cuya documentación se acompaña al expediente.
Dichas cantidades se fijan como límite máximo de ayudas a adjudicar, siendo nula de pleno derecho cualquier adjudicación por encima de la cantidad global presupuestada, de conformidad con el art. 46 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre (BOE del 27), general presupuestaria.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES A TRAVÉS DE LAS AULAS DE CULTURA.
Las Aulas de Cultura deberán reunirse previamente y aprobar los proyectos para los cuales se solicita ayuda. En ningún caso la suma de las ayudas solicitadas podrá exceder de las cantidades que, en el Anexo I, se especifican para cada Aula.
Se presentará una única solicitud por cada Aula de Cultura, firmada por el representante de la misma, a la que deberá necesariamente acompañarse:
a) Documento justificativo de que el solicitante es el representante del Aula de Cultura del Centro, firmado por el decano/director o secretario del mismo, en el modelo contenido en el Anexo II de la presente resolución.
a) Proyecto explicativo de cada una de las actividades a realizar que inexcusablemente deberá contener:
- Número de personas a las que alcanza la actividad a realizar.
- Calendario aproximado de realización de la actividad que deberá estar comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2017.
- Presupuesto pormenorizado de los gastos e ingresos previstos, con especificación de los gastos para los que solicita la ayuda.
Para la concesión de ayuda y posterior pago, será indispensable la presentación de toda la documentación relacionada en este apartado, por lo que se recuerda a los solicitantes su responsabilidad sobre los posibles retrasos o no concesiones.
5. FORMA DE PRESENTACIÓN
Las solicitudes, dirigidas al Exmo. Sr. Rector, podrán presentarse entre el 14 de octubre y el 15 de noviembre de 2016, obteniendo previamente el modelo normalizado a través de este enlace web, y siguiendo posteriormente las instrucciones que se especifican en esta página para entregar en el sistema de registro general de la Universidad.
6. SELECCIÓN
El estudio y selección de la solicitud y documentación presentada se hará a través de una comisión constituida de la siguiente forma, que realizará la concesión directamente por delegación expresa del rector:
Presidenta: Sra. vicerrectora de estudiantes, o persona en quien delegue.
Vocales: Sr. director general de Cultura y Patrimonio; Sr. delegado del CADUS; tres representantes de las aulas de cultura, designados por el CADUS; 1 técnico de programación cultural del CICUS.
Como secretario, actuará el sr. jefe de servicio del CICUS.
7. DISTRIBUCIÓN DE REMANENTES
Una vez asignadas las ayudas entre las solicitudes recibidas, la cantidad sobrante de los 35.012,00 €, consignados en la presente convocatoria serán distribuidos por la Comisión de Selección de la siguiente forma:
En primer lugar, se atenderán aquellas solicitudes que, realizadas en tiempo y forma en la convocatoria inmediatamente anterior, no hubieran podido ser tenidas en cuenta por circunstancias ajenas a los solicitantes.
La cantidad restante será dividida en cantidades iguales entre las Aulas de Cultura de los centros universitarios propios que hayan solicitado y obtenido alguna ayuda en la misma. A este fin, el Aula de la Experiencia, el Centro Internacional y el Instituto de Idiomas serán considerados en igualdad de condiciones que los demás Centros Universitarios.
Este importe deberá ser destinado a material, equipamiento y bienes de uso permanente para el aula de cultura.
La Comisión de Selección a la que se refiere el apartado anterior realizará la concesión directamente por delegación expresa del rector.
8. PUESTA A DISPOSICIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS.
8.1. Centros propios
El Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS) tramitará una transferencia de crédito dentro del presupuesto de la Universidad de Sevilla a los Centros propios, el Aula de la Experiencia, el Centro Internacional, el Instituto de Idiomas y el Colegio Mayor Hernando Colón. La transferencia se realizará por el importe global de las ayudas concedidas, así como de la redistribución del remanente al que hace referencia la cláusula séptima. Los distintos Centros atenderán los gastos que las actividades generen con cargo a la cantidad transferida, conforme a las normas generales de gestión del gasto de la Universidad de Sevilla.
El Centro de Iniciativas Culturales (CICUS) consultará previamente con los distintos centros la distribución de las transferencias entre los capítulos II (gastos corrientes) y VI (gastos inventariables) del Presupuesto.
8.2 Centros adscritos y otros colegios mayores
Los representantes de las Aulas de Cultura de los Centros adscritos y los demás Colegios Mayores recibirán una transferencia bancaria nominativa a la cuenta corriente que indiquen en su solicitud.
9. PAGO Y JUSTIFICACIÓN. OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES.
En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, y en todo caso antes del 30 de diciembre de 2016, los beneficiarios estarán obligados a presentar en el centro de iniciativas culturales de la universidad de Sevilla (CICUS) la siguiente documentación:
- Memoria de las actividades realizadas, acompañada de la documentación acreditativa de la misma. Esta memoria será tenida en cuenta como criterio de valoración para futuras convocatorias.
- Centros propios: relación de las facturas tramitadas por los servicios de gestión económica del Centro, autorizada por el administrador de Centro, secretario, decano o director del mismo. Dado que los originales obrarán en poder de la Universidad de Sevilla, NO SERÁ NECESARIO ADJUNTAR COPIA DE LAS FACTURAS.
- Centros adscritos y otros colegios mayores : ORIGINALES de las facturas, con todos los requisitos legales, expedidas a nombre de la persona solicitante (no serán válidas las expedidas a nombre de la Universidad de Sevilla, el Aula de Cultura o el Centro adscrito/Colegio Mayor).
La no justificación en tiempo y forma de la ayuda concedida conllevará la exclusión automática del solicitante para futuras convocatorias, así como la obligación de reintegro total o parcial de la ayuda concedida, según el grado de incumplimiento de la obligación de satisfacción.
Igualmente, la falta de justificación de ayudas concedidas en convocatorias del año 2014 o anteriores, conllevará la exclusión automática de la solicitud para esta convocatoria.
10. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
De conformidad con el art. 59.6.b) de la ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, todas las comunicaciones/notificaciones se realizarán a través del tablón de anuncios del rectorado de la universidad de Sevilla (C/San Fernando 4, código postal 41004 de Sevilla).
11. RECURSOS
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la comisión de selección podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, pudiendo interponerse contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el art. 58 de la ley de jurisdicción contencioso administrativa.
Las concesiones y denegaciones de ayudas podrán ser recurridas en reposición ante el mismo órgano que las dictó.
ANEXO I
Distribución presupuestaria entre las distintas aulas de cultura
AULA |
total 2017 |
AULA DE LA EXPERIENCIA |
717,22€ |
CENTRO DE ENFERMERÍA DE LA CRUZ ROJA |
369,29€ |
CENTRO DE ENFERMERÍA SAN JUAN DE DIOS |
355,71€ |
CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS CARDENAL SPINOLA |
618,00€ |
CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EUSA |
401,06€ |
CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS FRANCISCO MALDONADO |
477,36€ |
CENTRO INTERNACIONAL |
447,76€ |
COLEGIO MAYOR ALBORÁN |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR ALMONTE |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR GUADAIRA |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR HERNANDO COLÓN |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR LA LUZ |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR MAESE RODRIGO |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR SAN JUAN BOSCO |
312,00€ |
COLEGIO MAYOR SANTA MARIA DEL BUEN AIRE |
312,00€ |
E.T.S. ARQUITECTURA |
1.407,69€ |
E.T.S. INGENIERÍA |
1.925,48€ |
E.T.S. INGENIERÍA AGRONÓMICA |
763,10€ |
E.T.S. INGENIERÍA DE LA EDIFICACIÓN |
1.164,41€ |
E.T.S. INGENIERÍA INFORMÁTICA |
1.236,90€ |
ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR |
1.196,18€ |
FAC. BELLAS ARTES |
839,67€ |
FAC. BIOLOGÍA |
995,25€ |
FAC. CC. DE LA EDUCACIÓN |
1.918,96€ |
FAC. CC. ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES |
1.784,01€ |
FAC. CIENCIAS DEL TRABAJO |
916,78€ |
FAC. COMUNICACIÓN |
1.392,21€ |
FAC. DERECHO |
1.719,66€ |
FAC. ENFERMERÍA, FISIOTERAPIA Y PODOLOGÍA |
844,83€ |
FAC. FARMACIA |
1.123,41€ |
FAC. FILOLOGÍA |
987,65€ |
FAC. FILOSOFÍA |
585,53€ |
FAC. FÍSICA |
630,60€ |
FAC. GEOGRAFÍA E HISTORIA |
1.195,09€ |
FAC. MATEMÁTICAS |
662,64€ |
FAC. MEDICINA |
1.077,25€ |
FAC. ODONTOLOGÍA |
623,27€ |
FAC. PSICOLOGÍA |
968,64€ |
FAC. QUÍMICA |
698,48€ |
FAC. TURISMO Y FINANZAS |
1.564,63€ |
INSTITUTO DE IDIOMAS |
907,28€ |
35.012,00€ |
Plazo de solicitudes entre el el 14 de octubre y el 15 de noviembre de 2016, a través de este enlace web. Necesitará acompañar su solicitud de estos documentos: