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RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES Y EGRESADOS EN LAS ACTIVIDADES MUSICALES Y CULTURALES DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN EL CURSO 2024/25 EN EL CORO UNIVERSITARIO

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 30/09/204 AL 15/10/2024

 


NOTIFICACIONES

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES Y EGRESADOS EN LAS ACTIVIDADES MUSICALES Y CULTURALES DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN EL CURSO 2024/25 EN EL CORO UNIVERSITARIO


El Coro de la Universidad de Sevilla es una actividad de formación artística y de difusión de la cultura musical que se enmarca en la promoción cultural de la misma. Con ello, se pretende difundir la cultura musical dentro de la propia institución y en su entorno social, contribuir a la difusión y promoción del patrimonio musical andaluz y español favoreciendo la proyección cultural de la Universidad de Sevilla en la sociedad.

Con el fin de fomentar la participación en el Coro, este Rectorado ha resuelto convocar 17 Ayudas para voces del Coro de la Universidad de Sevilla con arreglo a las siguientes

BASES

1.- AYUDAS

Se convocan 17 ayudas para el Coro de la Universidad de Sevilla distribuidas como a continuación se relaciona:

  • 15 voces: sopranos, contraltos o mezzo sopranos, tenores y bajos.
  • 1 pianista acompañante.
  • 1 apoyo a la dirección musical. 

2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente convocatoria,en calidad de miembros del coro, estudiantes, personal docente e investigador y personal técnico, de gestión, de administración y servicios de la Universidad de Sevilla, así como miembros de la asociación “Alumni” de esta Universidad y los antiguos miembros de esta.

3.- PRESENTACION DE LAS SOLICITUDES.

Las personas interesadas en participar en la presente convocatoria de ayudas deberán cumplimentar el siguiente formulario y adjuntarlo en la web de la dirección general de Cultura y Patrimonio cicus.us.es y presentarlo desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria hasta el 15 de octubre de 2024 en el Registro General de la Universidad de Sevilla por uno de los siguientes medios:

  • Los solicitantes que posean un certificado digital de la FNMT o DNI electrónico, accediendo al Registro General a través del enlace disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla, https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.dodonde encontrarán el procedimiento “presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico”. Enel apartado “Datos de la solicitud” seleccionar en campo organismo destinatario “Universidad de Sevilla”. En este caso, en la solicitud genérica deberá quedar constancia expresa de que el interesado reúne los requisitos de participación en la convocatoria de “ayudas para voces del coro de la Universidad de Sevilla”. Junto con la solicitud deberá enviar en pdf el currículo relacionado con el objeto de la convocatoria.
  • Las personas que no dispongan de certificado digital o de los medios electrónicos necesarios, podrán presentar en el plazo establecido su solicitud presencialmente en la oficina principal de asistencia en materia de registros(C/ San Fernando, 4), en la oficina auxiliar en materia de registros del pabellón de Brasil (Paseo de las Delicias, s/n) o por cualquiera de los cauces previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2025 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Lo solicitantes deberán igualmente aportar en el plazo establecido la documentación indicada.

4.- SELECCIÓN DE CANDIDATOS.

La selección de candidatos se llevará a cabo por una Comisión, presidida por la persona que ostente la condición de Director musical del Coro y estará integrada por dos expertos musicales nombrados por el director general de Cultura y Patrimonio, uno de ellos, al menos, pertenecerá al Departamento de Educación Artística adscrito a las áreas de Didáctica de la Expresión Musical o de Música.

Para la selección de los candidatos, la Comisión tendrá en cuenta los siguientes criterios:

4.1. Voces.

  • Estudios de canto (35 ptos.)
  • Experiencia en el Coro de la Universidad de Sevilla (20 ptos.)
  • Experiencia en otros coros (20 ptos.)
  • Otros estudios de música (25 ptos.)

4.2. Pianista acompañante.

  • Estudios de canto (50 ptos.)
  • Experiencia en el Coro de la Universidad de Sevilla (50 ptos.)

4.3. Apoyo administrativo a la dirección musical.

– Formación en gestión cultural y humanidades (50 ptos.)

–  Otros estudios y experiencias. (50 ptos.)

La Comisión puede requerir de los candidatos cuanta documentación estime oportuna, así como convocar pruebas vocales.

La Comisión podrá seleccionar igualmente por orden de prelación los candidatos suplentes.

La relación provisional de candidatos se hará pública en el apartado becas y ayudas del portal de la Universidad de Sevilla, https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-culturales-y-deportivas, en el Tablón virtual https://www.us.es/tablon-virtual, en la dirección web de la dirección general de Cultura y Patrimonio cicus.us.es.

Contra la misma se puede reclamar en el plazo máximo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación ante el Sr. director general de Cultura y Patrimonio.

Transcurrido el plazo de reclamaciones la dirección general hará pública la relación definitiva de beneficiarios y expedirá las acreditaciones oportunas. 

5. – DOCUMENTACIÓN

5.1. Los solicitantes deberán igualmente aportar en la web http://cicus.us.es en el plazo establecido la siguiente documentación:

• Formulario cumplimentado. Puede descargarlo aquí.

• Fotocopia del documento acreditativo de pertenecer o haber pertenecido a algunos de los grupos de la base 2 de la convocatoria.

• Curriculum relacionado con la experiencia y/o conocimiento musical.

Los documentos exigidos deberán incorporarse a la solicitud online en formato PDF.

 

6.- CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS

Los candidatos seleccionados deberán realizar la actividad coral en el período comprendido desde la publicación de la relación definitiva de beneficiarios hasta el 31 de julio de 2025.

El importe máximo retenido para el abono de dichas ayudas es de 8.500 €. La cuantía de la ayuda prevista es de 500 € por el período hasta el 31 de julio de 2025, que serán abonados con cargo al presupuesto de gastos vigente de la orgánica 18401803-451-482 del ejercicio económico de 2024. De dicho importe se detraerá la cantidad de IRPF que corresponda.

El Vicerrectorado podrá detraer el 20% del importe de la ayuda por cada falta de asistencia del beneficiario a una actuación convocada en tiempo y forma.

La inasistencia injustificada a tres actuaciones supondrá la revocación automática de la ayuda.

7.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Las personas beneficiarias tendrán las siguientes obligaciones:

  1. a) La presencia en el lugar donde se celebren las actuaciones con media hora de antelación para preparar las voces, las partituras y el vestuario adecuadamente.
  2. b) La dirección musical requerirá el vestuario correspondiente.

8.- RENUNCIA Y REINTEGRO DE LA AYUDA.

Los beneficiarios de las ayudas podrán, en cualquier momento, renunciar a la ayuda, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con 15 días de antelación, en cuyo caso, perderán todo derecho al abono de cantidad alguna en concepto de ayuda.

El Vicerrectorado podrá detraer el 20% del importe de la ayuda por cada falta de asistencia del beneficiario a una actuación convocada en tiempo y forma.

Las ayudas podrán ser revocadas de oficio o a instancia de parte en los siguientes casos:

  • Inasistencia injustificada a 3 actuaciones del Coro para las que haya sido requerido.
  • Incumplimiento de las obligaciones recogidas en el apartado sexto.

La revocación da lugar a la pérdida total o parcial de la ayuda concedida.

En el caso de que quede una ayuda vacante, la dirección general de Cultura y Patrimonio, si lo estima oportuno, podrá seleccionar como beneficiario a un candidato suplente.

9.- AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN Y CESIÓN DE DATOS

En cumplimiento de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo de Protección Civil al Derecho al Honor y Familiar y a la Propia Imagen, así como del Reglamento General de Protección de Datos, y a la Ley Orgánica. 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los participantes autorizan, expresamente a la Universidad, caso de ser seleccionados, a publicitar su nombre completo. Igualmente, dan su consentimiento, caso de ser seleccionados, a facilitar a los medios de comunicación que así lo solicitaren su teléfono y/o email, a fin de que puedan contactar con ellos, sin que en ningún caso puedan publicarse dichos datos personales.

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se informa a los participantes que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, Actividades de Promoción del centro de Iniciativas Culturales que tiene como finalidad la tramitación y gestión del uso de los distintos servicios ofrecidos por el Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla. El tratamiento es necesario para cumplir una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Asimismo, se legitima, en su caso, por el consentimiento expreso e informado del interesado.

De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace https://sic.us.es/sites/default/files/pd/cicicusok.pdf

10.- RECURSOS

De conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tanto la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa,  como los actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados mediante recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación o notificación impugnada conforme al art. 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En Sevilla, a día de la firma.
EL RECTOR

Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo