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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS AULAS DE CULTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA PARA EL AÑO 2015

PLAZO del 15 de marzo  al 12 de abril de 2015

Solicitud telemática pulsar aquí.

El art. 68.1 de sus vigentes estatutos dispone que  “la Universidad de Sevilla incluye entre sus objetivos la promoción cultural, mediante la conservación del patrimonio histórico y de sus instalaciones, la programación de actividades relacionadas con el arte, la cultura, la técnica y la ciencia; así como la difusión de las capacidades artísticas y culturales de los diferentes miembros de la comunidad universitaria.”.

En su virtud, se aprueba la presente convocatoria de ayudas a las aulas de cultura de la Universidad de Sevilla para el año 2015, de acuerdo con las siguientes

BASES

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es la promoción de iniciativas culturales  realizadas por los miembros de la comunidad universitaria a través de las aulas de cultura de la Universidad de Sevilla. Se incluyen las aulas de cultura de los distintos colegios mayores, así como del Centro Internacional de Postgrado.

Quedan excluidas de la presente convocatoria las actividades de carácter académico y deportivo, las peticiones de ayuda para viajes; las realizadas por personas ajenas a la comunidad universitaria de Sevilla;  las actividades organizadas, directa o indirectamente, por  organizaciones sindicales y/o  partidos políticos; las actividades a realizar fuera del distrito universitario de Sevilla y las realizadas en nombre de colectivos no universitarios, cualquiera que sea su naturaleza.

2. PARTICIPANTES

Podrán acceder a estas ayudas los miembros de la comunidad universitaria de la Universidad de Sevilla (profesores, estudiantes y personal de administración y servicios) que presenten proyectos a través de las aulas de cultura de los centros de esta universidad.

3. CUANTÍA

Se establece un monto global de ayudas a conceder  de 35.012,00 €, distribuidas conforme al anexo I de la presente resolución.

Para establecer estas cantidades, se ha establecido una cantidad mínima para cada aula de cultura, incrementada, en el caso de los centros universitarios, en una cantidad proporcional al número de estudiantes de cada uno.

Dichas cantidades se fijan como límite máximo de ayudas a adjudicar, siendo nula de pleno derecho cualquier adjudicación por encima de la cantidad global presupuestada, de conformidad con el art.  46 de la ley 47/2003, de 26 de noviembre (BOE del 27), general presupuestaria.

4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA (ESTELA).

4.1. De conformidad con el art. 27.6 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, las solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. rector, podrán presentarse del 15 de marzo  al 12 de abril de 2015 a las 23:59 horas, exclusivamente a través de la sede electrónica de la Universidad de Sevilla (sede.us.es) No se admitirá la entrega en papel ni  a través del registro general de la universidad de Sevilla.

Para la presentación telemática de solicitudes a través de la plataforma ESTELA se requiere estar en posesión del certificado digital de la FNMT o del DNI electrónico.

Accediendo a la información del procedimiento en la propia plataforma se podrá consultar la guía del usuario del procedimiento donde se explican de manera detallada los pasos a seguir para la correcta presentación telemática de la solicitud.

Los solicitantes deberán presentar escaneada la documentación que se requiere:

a) Proyecto explicativo  de las actividades a realizar que inexcusablemente deberá contener:

  • Número de personas a las que alcanza la actividad a realizar.
  • Calendario aproximado de realización de la actividad que deberá estar comprendido entre los meses de enero  y diciembre de 2015.
  • Presupuesto pormenorizado de los gastos e ingresos previstos, con especificación de los gastos para los que solicita la ayuda y que no deberá superar la cantidad asignada al aula de cultura que corresponda, y que figura en el anexo I de esta convocatoria.

b) Documento justificativo de vinculación con el aula de cultura de  la Universidad de Sevilla.

Para la concesión de ayuda y posterior pago, será indispensable la presentación de toda la documentación relacionada en este apartado, por lo que se recuerda a los solicitantes su responsabilidad sobre los posibles retrasos o no concesiones.

5. INFORME DE LAS AULAS DE CULTURA

Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, el centro de iniciativas culturales de la universidad de Sevilla remitirá a cada una de las aulas de cultura una relación que contenga los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del solicitante
  • Correo electrónico del solicitante
  • Denominación del Proyecto
  • Presupuesto total
  • Cantidad que se solicita como ayuda en la convocatoria

Cada aula de cultura deberá remitir al centro de iniciativas culturales, un acta en la que se reflejen los proyectos que se informan favorablemente,  la suma de los cuales no podrá sobrepasar, en ningún caso, la cantidad previamente asignada a dicho aula de cultura en el anexo I

Si las cantidades solicitadas por los distintos proyectos superaran la asignación  del anexo I, el aula de cultura podrá optar por no informar favorablemente alguna de las propuestas presentadas,  por disminuir la cantidad solicitada por todas o alguna de las propuestas, o por ambas cosas.

En todo caso, el informe favorable del aula de cultura será un requisito previo e indispensable para la concesión de las ayudas.

6. SELECCIÓN

El estudio y selección de la solicitud y documentación presentada se hará a través de una comisión constituida de la siguiente forma, que realizará la concesión directamente por delegación expresa del rector:

Presidenta: Sra. vicerrectora de estudiantes, o persona en quien delegue.

Vocales: Sra. directora del CICUS; Sr. delegado del CADUS; tres representantes de las aulas de cultura, designados por el CADUS; 1 técnico de programación cultural del CICUS.

Como secretario, actuará  el sr. jefe de servicio del CICUS.

7. DISTRIBUCIÓN DE REMANENTES

Una vez asignadas las ayudas entre las solicitudes recibidas, la cantidad sobrante de los 35.012,00 €, consignados en la presente convocatoria serán distribuidos en cantidades iguales entre las Aulas de Cultura de los centros universitarios propios que hayan solicitado y obtenido alguna ayuda en la misma. A este fin, el Aula de la Experiencia, el Centro Internacional y el Instituto de Idiomas serán considerados en igualdad de condiciones que los demás Centros Universitarios.

Este importe deberá ser destinado a material, equipamiento y bienes de uso permanente para el aula de cultura.

La Comisión de Selección a la que se refiere el apartado anterior realizará la concesión directamente por delegación expresa del rector:

8. PAGO Y JUSTIFICACIÓN. OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES.

El abono de la ayuda a cada proyecto se realizará en un único pago, una vez practicadas las notificaciones a que hace referencia el párrafo anterior.

En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, y en todo caso antes del 30 de diciembre de 2015, los beneficiarios estarán obligados a presentar en el centro de iniciativas culturales de la universidad de Sevilla (CICUS) la siguiente documentación, debidamente visada por el responsable del Aula de Cultura correspondiente:

  • Memoria de la actividad realizada, acompañada de la documentación acreditativa de la misma. Esta memoria será tenida en cuenta como criterio de valoración para futuras convocatorias.
  • Justificación documental de todos los gastos realizados en el desarrollo de la actividad, de acuerdo con los criterios generales de gestión presupuestaria de la universidad de Sevilla.

La no justificación en tiempo y forma de la ayuda concedida conllevará la exclusión automática del solicitante para futuras convocatorias, así como la obligación de reintegro total o parcial de la ayuda concedida, según el grado de incumplimiento de la obligación de satisfacción.

Igualmente, la falta de justificación de ayudas concedidas en convocatorias del año 2014 o anteriores, conllevará la exclusión automática de la solicitud para esta convocatoria.

9. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES

De conformidad con el art.59.6.b) de la ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común,  todas las comunicaciones/notificaciones se realizarán a través del tablón de anuncios del rectorado de la universidad de Sevilla (C/San Fernando 4, código postal 41004 de Sevilla).

10. AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DE DATOS

Los solicitantes autorizan expresamente a la Universidad de Sevilla a ceder su nombre y apellidos y correo electrónico al aula de cultura a la que pertenezcan, a fin de poder ser citados, por ese medio, a las reuniones que el aula de cultura estime pertinentes para la emisión del informe al que hace referencia el apartado 5.