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RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA POR LA QUE SE CONVOCANDOS BECAS DE FORMACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 7 de noviembre de 2023, a las 23:59 h.

· ANEXO PLAN FORMATIVO

La Universidad de Sevilla posee uno de los patrimonios histórico-artísticos más importantes de entre las universidades españolas, y tiene la misión de conservarlo, estudiarlo y difundirlo. La dirección general de Cultura y Patrimonio ofrece a la comunidad universitaria y a la ciudadanía en general actividades para acercarles a nuestras instalaciones y conocer nuestras distintas colecciones.

Nuestra Universidad mantiene un inventario de bienes pertenecientes a su Patrimonio Histórico-Artístico cuyo mantenimiento conlleva tareas de catalogación, comprobación de su ubicación y estado (de cara a posibles restauraciones).

Ello supone una oportunidad formativa para colaborar en dichas tareas.

A tal efecto, este Rectorado ha resuelto hacer pública la presente convocatoria de dos becas de formación que se regirá por los siguientes artículos:

BASES

1.- OBJETO

1.- La Universidad de Sevilla, a través de la dirección general de Cultura y Patrimonio, convoca DOSbecas de formación en el conocimiento del rico patrimonio histórico-artístico de esta institución, a fin de colaborar en el mantenimiento del catálogo patrimonial, la participación en la tramitación de movimientos internos de obras de arte y en los trámites de préstamo entre instituciones, destinada a estudiantes para su formación en el Servicio de Patrimonio y Museos, con sede en C/ San Fernando, 4 (Sevilla), Edificio Rectorado.

2.- Esta beca tendrá una dotación mensual de 450 euros, con cargo al presupuesto del ejercicio económico de 2023 de la Universidad de Sevilla y a la aplicación presupuestaria 18401803-451-480.00.

El coste total máximo de esta convocatoria asciende a 2.032,36 euros, de los cuales 1.800 € corresponde a retribuciones y 232,36 € a la cuota patronal, para abonar en el ejercicio económico 2023.

El/la beneficiario/a de la beca deberá realizar las actividades de formación desde su incorporación en el mes de noviembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 durante 25 horas semanales.

Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2024, esta beca se prorrogará automáticamente hasta el 31 de octubre de 2024, con cargo a la misma aplicación presupuestaria referida anteriormente, pero correspondiente al presupuesto de 2024; teniendo la consideración de que el mes de agosto es inhábil a efectos de formación y por tanto no corresponde remuneración durante ese periodo.

Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2024 no fuese suficiente para prorrogar la beca hasta el 31 de octubre de 2024, ésta se prorrogará hasta la fecha que permita el crédito disponible.

3.- El contenido de la formación de estas becas se concreta en el Plan Formativo que se acompaña como Anexo a esta convocatoria.

2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar en la presente convocatoria:

Los estudiantes matriculados en el curso 2023-2024 de, al menos, 12 créditos o de los créditos que le resten para finalizar sus estudios en alguno de los siguientes títulos de Máster Oficial de la Universidad de Sevilla:

  • Máster en Documentos y Libros. Archivos y Bibliotecas.
  • Máster en Patrimonio Artístico Andaluz y su proyección Iberoamericana.
  • Máster en Arte, Idea y Producción.
  • Máster en Conservación de Bienes Culturales
  • Máster en Arquitectura y Patrimonio Histórico

 3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes deberán presentarse por alguno de los cauces que a continuación se relacionan, quedando EXCLUIDAS las no presentadas a través de alguno de dichos medios:

3.1. A través del Registro de la Universidad de Sevilla.

  • De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT o eDNI), a través del procedimiento “Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico” disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla, en el siguiente enlace: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do. En este caso, en el apartado SOLICITA de la Instancia genérica se debe incluir, de manera expresa, el siguiente texto:

“Que se le admita el formulario de participación en la CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACIÓN PARA LA CONSERVACIÓN Y DIFUSIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA cuya documentación será aportada telemáticamente a través de la página web del CICUS, declarando bajo su responsabilidad que son ciertos todos los datos y declaraciones que se incorporan a los mismos”.

  • De forma presencial en el Registro General de la Universidad de Sevilla a través de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). En este caso, de optarse por su presentación de forma presencial en el Registro General, de conformidad con las instrucciones recibidas, el acceso a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, situadas en el Edificio del Rectorado y del Pabellón de Brasil, se realizará previa solicitud de cita, que podrá obtenerse a través del siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php?ce=907y mediante la presentación cumplimentada de la instancia genérica.

3.2. En cualquiera de las demás formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esto es:

  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Estas solicitudes irán dirigidas al Registro de la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando nº 4, 41004 Sevilla.

El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

4.- DOCUMENTACIÓN

4.1.Los solicitantes deberán igualmente aportar en la web http://cicus.us.es en el plazo establecido la siguiente documentación:

  • Certificado del expediente académico oficial donde figure la nota media del expediente académico del título universitario que le permite el acceso a algunos de los másteres descritos en el punto 2, con indicación expresa de la nota media final de los estudios. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
  • Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que solicita y mencionándose con detalle las desarrolladas a todo nivel en la Universidad de Sevilla.
  • Copia de los certificados de los cursos relacionados con el objeto de la beca. No se valorarán aquellos cursos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
  • Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
  • El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa de los datos declarados.

Los documentos exigidos deberán incorporarse a la solicitud online en formato PDF.

4.2. Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:

− Domicilio a efectos de notificación

− Dirección de correo electrónico

− Firma de la solicitud

4.3.Se publicará una Resolución conteniendo una relación de los solicitantes que deban aportar documentación relacionada en el art. 4.1 o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 4.2 de esta convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en la página web http://cicus.us.es

La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes. Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para subsanaciones.

5.- SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO

Con el fin de valorar los méritos de los candidatos, se constituirá una Comisión presidida por el director general del Secretariado de Patrimonio de la Universidad de Sevilla y compuesta por cuatro vocales, de los cuales dos serán alumnos de la Universidad de Sevilla, nombrados a propuesta del CADUS y, actuando como secretaria de esta,la jefa del Servicio de Patrimonio y Museos.

Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación de acuerdo con el siguiente baremo:

  1. a) Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico en la titulación universitaria que le ha permitido el acceso al máster universitario, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Nota media entre 5,00 y 5,99: 0,50 puntos.
    • Nota media entre 6,00 y 6,99: 1,00 punto.
    • Nota media entre 7,00 y 7,99: 1,50 puntos.
    • Nota media entre 8,00 y 8,99: 2,00 puntos
    • Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
  1. b) La Comisión realizará una valoración de los cursos realizados relacionados con el objeto de la beca acreditado por los candidatos en su currículum. Máximo 3 puntos.
  • Hasta 20h. de horas lectivas de cursos realizados: 1 punto.
  • Hasta 60h. de horas lectivas de cursos realizados: 2 puntos.
  • Más de 60 horas lectivas de cursos realizados: 3 puntos.
  1. d) La Comisión, asimismo, realizará una entrevista personal. Máximo 3 puntos.

En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este orden:

  • La mayor puntuación obtenida en el apartado b).
  • La mayor puntuación obtenida en el apartado a)

La fecha de celebración de la entrevista y la relación de los solicitantes seleccionados para la misma se publicará mediante una Resolución con, al menos, 5 días hábiles de antelación en la página web del Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS), http://cicus.us.es y el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).

La fecha de celebración de las entrevistas se notificará mediante correo electrónico a los solicitantes con 5 días hábiles, al menos, de antelación. La no asistencia a la entrevista será causa de exclusión del proceso selectivo.

No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no asistencia a la entrevista será causa de denegación de la solicitud.

La selección de la Comisión se hará pública en la página web del Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS),  http://cicus.us.es y en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla.

Una vez publicados los acuerdos adoptados al efecto por la Comisión, esta elevará al rectorado la propuesta definitiva de becarios, quien procederá a su nombramiento.

Los adjudicatarios de las becas de formación dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de su concesión, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que aquélla se hubiese producido, se entenderá que renuncia a la beca.

Los becarios deberán realizar su período de prácticas formativas, de acuerdo con lo dispuesto en el RD 1493/2011, ajustándose al Plan Formativo que queda plasmado en la ficha técnica que se adjunta como Anexo I a la presente Convocatoria.

6.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS

Los beneficiarios de las becas tendrán los siguientes derechos:

    1. Percibir la ayuda económica que corresponda a la beca concedida, que en ningún caso tendrá la naturaleza de salario.
    2. Obtener de la dirección general de Cultura y Patrimonio la colaboración y el apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios.
    3. La designación de un tutor para la coordinación y orientación de la formación a recibir que, en este caso concreto, será el Prof. Luis Martínez Montiel, del Dpto. de Historia del Arte quien se encargará de supervisar el desarrollo de su labor y verificar el aprendizaje y la adquisición de las competencias y habilidades previstas en el plan formativo. Para ello, realizará un seguimiento periódico y elaborará un informe a la finalización de la beca que deberá quedar registrado en el servicio o unidad responsable de ésta.
    4. La utilización de los medios, instrumentos y equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad formativa.
    5. Obtener un certificado final de la beca de formación, donde se especifique el periodo de formación.
    6. Disfrutar de los derechos reconocidos en la presente convocatoria y cualesquiera otros reconocidos por la normativa propia de la Universidad y de la legislación vigente.

Son obligaciones del beneficiario/a:

  1. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y en el reglamento de becas de formación mediante colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla.
  2. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca.
  3. Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
  4. Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en la convocatoria.
  5. Cumplir con el horario establecido.
  6. Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad formativa.
  7. Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de la beca, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de Sevilla.
  8. Comunicar la existencia de posible causa de incompatibilidad.
  9. Cualesquiera otras que le sean fijadas por la convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.

7.- RENUNCIA Y REVOCACIÓN DE LA BECA

El/la beneficiario podrá en cualquier momento, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con un mes de antelación a la fecha de la baja, renunciar a la beca.

El incumplimiento por el becario de las actividades especificadas en el plan de formación será objeto de apertura de expediente de revocación de la beca.

Son causas de revocación de la beca:

  1. No cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de la convocatoria.
  2. Descubrir que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
  3. Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
  4. La anulación de matrícula o traslado de expediente a otra Universidad durante el periodo de disfrute de la beca.

El beneficiario/a que incurra en alguna causa de revocación de la beca, estará obligado a reintegrar a la Universidad de Sevilla las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar.

8.- INCOMPATIBILIDADES

Esta beca es incompatible con cualquier otra que perciba o pueda percibir a través de cualquier institución pública o privada, así como con cualquier actividad laboral por cuenta propia o ajena relacionada con la formación a realizar durante la beca. En cualquier caso, no podrán disfrutar de esta beca de formación:

  1. Aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria
  2. Quienes, habiendo disfrutado de ella con anterioridad, su nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada.

Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas/ayudas de formación podrán ser beneficiarios de la beca prevista en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5./CG 20-12-12).

9.- RECURSOS

De conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tanto la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, como los actos administrativos que se deriven de ella y la resolución rectoral declarando los adjudicatarios, podrán ser impugnados mediante recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo conforme al art. 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

10.- PROTECCIÓN DE DATOS

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, “Becas y Ayudas de la Universidad de Sevilla de Formación en Prácticas”, que tiene como finalidad la dotación de Becas para la Formación en competencias prácticas, como medida complementaria a otras actuaciones de carácter formativo. El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte y para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento y de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, asimismo se legitima, en su caso, por el consentimiento expreso e informado del interesado. De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace https://sic.us.es/sites/default/files/pd/cibecasformacious.pdf

 

Sevilla, a 30 de octubre de 2023.
EL RECTOR
Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo.