Día de publicación en el tablón de anuncios: 7 de octubre de 2019.
Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 28 de octubre de 2019.
El Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS) mantiene desde su creación una ingente programación musical, abarcando desde la música antigua y barroca a la clásica y contemporánea.
La existencia de esta programación musical permite ofrecer a los estudiantes de la Universidad de Sevilla la posibilidad de formarse en las tareas de programación musical y organización de conciertos.
A tal fin, la Universidad de Sevilla convoca la presente beca de acuerdo a las siguientes
BASES
1.- OBJETO
La Universidad de Sevilla, a través del Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS), convoca UNA beca de formación en las tareas de organización de su programación musical para facilitar la participación de los estudiantes universitarios en el desarrollo de las actividades que tiene encomendadas, y con la principal finalidad de contribuir a su formación en competencias prácticas como medida complementaria a otras actuaciones de carácter formativo. Las competencias a desarrollar por parte de los estudiantes seleccionados serán la participación en acciones de comunicación con los artistas, profesionales o aficionados, y con el público en general; la gestión de partituras y particellas; la organización de control de acceso y presencia de los miembros de las formaciones musicales; así como la obtención de permisos y autorizaciones necesarias para el funcionamiento de las distintas orquestas.
2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente convocatoria los estudiantes de la Universidad de Sevilla matriculados en el presente curso académico y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en cualquier estudio universitario oficial en la Universidad de Sevilla
- Tener superado un mínimo del 25% de los créditos necesarios para finalizar dichos estudios
- Estar matriculado en el presente curso académico de al menos 12 créditos, o en los créditos que le resten para finalizar su titulación.
- Estar matriculado en la actualidad o haber estado matriculado en los cursos 2016/2017 o posterior en un conservatorio superior de música (no siendo necesario haber terminado estudios).
Igualmente, podrán solicitar la presente beca de formación aquellos titulados de la Universidad de Sevilla que hayan finalizado sus estudios oficiales en 2016/2017 o posterior, y tengan satisfechos los derechos de expedición del título, siempre que cumplan con el requisito haber sido alumno de un conservatorio superior.
3.- INCOMPATIBILIDADES
Esta beca es incompatible con cualquier otra que perciba o pueda percibir el becario a través de cualquier institución pública o privada, así como con cualquier actividad laboral por cuenta propia o ajena relacionada con la formación a realizar durante la beca. En cualquier caso, no podrán disfrutar de esta beca de formación:
- Aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria
- Quienes, habiendo disfrutado de ella con anterioridad, su nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada.
Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas/ayudas de formación podrán ser beneficiarios de la beca prevista en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 11 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5./CG 20-12-12).
4.- RELACIÓN JURÍDICA
El nombramiento como becario de formación regulado en las bases de esta convocatoria, de conformidad con el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la Universidad (aprobado por su Consejo de Gobierno el 20 de diciembre de 2012) en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.
5.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes podrán presentarse en el formulario dispuesto al efecto en la página web del CICUS , en el portal de becas y ayudas propias y en el Registro General de la Universidad de Sevilla (Rectorado, c/ San Fernando, 4; o Pabellón de Brasil, en Avenida de la Palmera, s/n) o por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES desde la publicación de la presente convocatoria
Día de publicación en el tablón de anuncios: 7 de octubre de 2019.
Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 28 de octubre de 2019
El impreso de solicitud se podrá obtener en la página web del Centro de Iniciativas Culturales la Universidad de Sevilla
http://cicus.us.es/convocatorias-2/
Los solicitantes deberán igualmente aportar en el plazo establecido la siguiente documentación:
- Expediente académico o copia del mismo.
- Currículum relacionado con el objeto de la convocatoria, debidamente acreditado documentalmente.
- Justificación de matrícula en un conservatorio superior de música.
6.- DURACIÓN Y CUANTÍA DE LA BECA
La duración máxima de la beca es desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2020 (con un mes de interrupción durante el mes no lectivo de agosto, durante el que no se desarrollarán actividades ni se abonará el importe de la beca).
Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas/ayudas de formación podrán ser beneficiarios de la beca prevista en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 11 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5./CG 20-12-12).
La dedicación semanal será de no más de 20 horas, a desarrollar de lunes a viernes en horario de mañana o tarde, de forma compatible con las obligaciones lectivas del alumno.
La beca comenzará el 1 de febrero de 2020, o aquella en la que sea realizado el nombramiento. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2020 no fuese suficiente para cubrir el importe la beca hasta el 31 de diciembre de 2020, esta se extenderá hasta la fecha que permita el crédito disponible.
La dotación económica de la beca a la que se le aplicará las retenciones legales que procedan es de 360 €/mes, que se harán efectivos por meses vencidos en la cuenta que dispongan los interesados.
El coste total de la convocatoria asciende a un total de 4.095,00€, correspondiendo 3.600,00€ a la dotación económica de las becas y 495,00€ a la cuota patronal, que se imputarán a la orgánica 18.40.17.09, aplicación presupuestaria 451.482, del presupuesto de gastos vigente del Centro de Iniciativas Culturales para 2020 (CICUS).
7.- SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO
Con el fin de juzgar las pruebas y valorar los méritos de los candidatos, se constituirá una Comisión presidida por el director general de Cultura y Patrimonio de la Universidad de Sevilla o persona en quien delegue, y compuesta por los siguientes cuatro vocales
- Un técnico de programación del CICUS;
- Un representante de alguna de las instituciones musicales con las que colabora la Universidad de Sevilla
- Un alumno de la Universidad de Sevilla, nombrado a propuesta del CADUS; y
- El jefe de servicio de Cultura y Patrimonio, que actuará también como secretario.
El proceso selectivo consta de tres fases: Preselección, Formación y Nombramiento
Preselección: La Comisión hará una selección de entre las solicitudes presentadas por los candidatos a la convocatoria, en la que, además del expediente académico, se valorará la formación en actividades de igual o similar naturaleza. El número de candidatos preseleccionados será fijado por la Comisión en función de las necesidades de la Universidad de Sevilla y atendiendo al número disponible de plazas para el curso de formación previo al nombramiento.
Prueba Selectiva: Los candidatos preseleccionados en la fase anterior llevarán a cabo una prueba consistente en una entrevista con la Comisión de Selección y un trabajo escrito propuesto sobre los contenidos descritos en el Anexo – Plan Formativo de esta convocatoria.
Selección y nombramiento: La Comisión, antes de formalizar su propuesta de nombramiento, realizará una selección de conformidad con los siguientes criterios y con los valores porcentuales que se indican:
- Resultado de la prueba selectiva: 70%
- Expediente académico: 15%
- Formación en actividades de similar naturaleza: 15%
La selección de la Comisión se hará pública en el apartado becas y ayudas del portal de la Universidad de Sevilla, en la página web del Centro de Iniciativas Culturales de la Universidad de Sevilla (CICUS), http://cicus.us.es, en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla y en el tablón de anuncios del CICUS. Contra la misma se podrá reclamar en el plazo de cinco días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.
Los candidatos que hayan superado la prueba selectiva y no hayan sido incluidos en la propuesta de nombramiento de becarios como titulares, pasarán a formar parte de la lista de reserva, ordenados de mayor a menor puntuación, y tendrán derecho a recibir certificado justificativo del curso realizado.
Concluido el plazo de reclamaciones y publicados los acuerdos adoptados al efecto por la Comisión, esta elevará al rectorado la propuesta definitiva de becarios, quien procederá a su nombramiento.
Los adjudicatarios de las becas de formación dispondrán de un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de su concesión, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que aquélla se hubiese producido, se entenderá que renuncia a la beca.
Los becarios deberán realizar su período de prácticas formativas, de acuerdo con lo dispuesto en el RD 1493/2011, ajustándose al Plan Formativo que queda plasmado en la ficha técnica que se adjunta como Anexo I a la presente Convocatoria.
8.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS
Los beneficiarios de las becas tendrán los siguientes derechos:
- Percibir la ayuda económica que corresponda a la beca concedida, que en ningún caso tendrá la naturaleza de salario.
- Obtener del CICUS la colaboración y el apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios
- La designación de un tutor para la coordinación y orientación de la formación a recibir.
- La utilización de los medios, instrumentos y equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad formativa.
- Obtener un certificado final de la beca de formación, donde se especifique el periodo de formación
- Disfrutar de los derechos reconocidos en la presente convocatoria y cualesquiera otros reconocidos por la normativa propia de la Universidad y de la legislación vigente.
Son obligaciones del becario:
- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y en el reglamento de becas de formación mediante colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca.
- Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
- Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en la convocatoria.
- Cumplir con el horario establecido.
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad formativa.
- Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de la beca, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de Sevilla.
- Comunicar la existencia de posible causa de incompatibilidad.
- Cualesquiera otras que le sean fijadas por la convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
9.- RENUNCIA Y REVOCACIÓN DE LA BECA
El becario podrá en cualquier momento, sin otro requisito que comunicarlo por escrito con quince días de antelación a la fecha de la baja, renunciar a la beca.
El incumplimiento por el becario de las actividades especificadas en el plan de formación será objeto de apertura de expediente de revocación de la beca.
Son causas de revocación de la beca:
- No cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de la convocatoria.
- Descubrir que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
- Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
- La anulación de matrícula o traslado de expediente a otra Universidad durante el periodo de disfrute de la beca.
El becario que incurra en alguna causa de revocación de la beca, estará obligado a reintegrar a la Universidad de Sevilla las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar.
10.- RECURSOS
De conformidad con el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tanto la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados mediante recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo conforme al art. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
11.- PROTECCIÓN DE DATOS
La participación en la presente convocatoria implica la total aceptación de sus bases y la autorización para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Sevilla de acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos, con el único fin de la adecuada gestión de las becas; autorizando expresamente también la publicación de su nombre y apellidos en las distintas actas de la Comisión de Selección.
Los datos personales facilitados por el solicitante quedarán incorporados en los ficheros de datos de carácter personal propiedad de la Universidad de Sevilla de acuerdo con lo establecido el citado reglamento. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley, mediante comunicación escrita dirigida al responsable del tratamiento, Universidad de Sevilla, y/o a la Delegada de Protección de Datos, a través del Registro General/Registro Auxiliar o del Registro Electrónico de la US (en este último caso mediante el uso del procedimiento telemático «PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y SOLICITUDES. MODELO GENÉRICO»), o bien por cualquiera de los métodos previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Deberá acompañarse a la comunicación fotocopia del DNI, pasaporte u otro documento válido que identifique al titular del derecho, excepto si se hace uso del procedimiento telemático de «PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y SOLICITUDES. MODELO GENÉRICO», en cuyo caso el uso de la firma electrónica identificativa eximirá de la presentación de DNI o documento equivalente.
Sevilla, a 30 de septiembre de 2019.
El RECTOR,
Fdo.: Miguel Ángel Castro Arroyo
Anexo
PLAN FORMATIVO
DESTINATARIOS | Los alumnos que resulten seleccionados una vez finalizado el proceso selectivo y tenga lugar su nombramiento |
JUSTIFICACIÓN | La Universidad de Sevilla mantiene una importante programación musical, cuya organización, planificación y funcionamiento ofrece la posibilidad de participación de alumnos que puedan instruirse y formarse en dichas tareas |
OBJETIVOS | Con esta acción formativa se pretende lograr que el alumno adquiera habilidades, conocimientos y destrezas relacionadas con la organización de una orquesta sinfónica |
CONTENIDOS | · Organización de una orquesta. Orquestas de Cámara. Orquestas sinfónicas: conciertos, ensayos, encuentros. Logística de la orquesta.
· Partituras y particellas. Derechos de propiedad intelectual relativos a la autoría, versiones y adaptaciones de las obras a ejecutar. · Derechos asociados a los ejecutantes: derechos de imagen, de propiedad intelectual, protección de datos. Permisos necesarios a recabar de los ejecutantes. · Comunicación con los miembros de la orquesta · Publicidad de las actividades de la orquesta · Documentación de las actividades de la orquesta. · Elaboración de informes y estadísticas |
ACTIVIDADES FORMATIVAS | · Comunicación con los miembros de la orquesta: creación y gestión de herramientas efectivas de comunicación (listas de redes sociales, de correo electrónico, etc).
· Colaboración en la contratación y gestión de partituras y particellas. · Colaboración en el control de asistencia y acceso a ensayos, conciertos y encuentros de los miembros de la orquesta. · Colaboración en las tareas de difusión de la orquesta: confección de programas de mano y cartelería, etc. · Colaboración en la gestión de la página web de la orquesta. · Colaboración en la documentación de las actividades de la orquesta. · Realización de informes y estadísticas. |
TUTOR | Prof. Luis Méndez Rodríguez, director general de Cultura y Patrimonio. Se encargará de supervisar el desarrollo de su labor y verificar el aprendizaje y la adquisición de las competencias y habilidades previstas en el plan formativo. Para ello, realizará un seguimiento periódico y elaborará un informe a la finalización de la beca que deberá quedar registrado en el servicio o unidad responsable de ésta. |
Seguimiento y evaluación de la formación
|
El tutor realizará un seguimiento periódico de la labor del becario, y verificará el aprendizaje y la adquisición de las competencias y habilidades previstas en el plan formativo, para lo cual realizará un seguimiento periódico y elaborará un informe a la finalización de la beca que deberá quedar registrado en el servicio o unidad responsable de ésta. El becario deberá realizar un informe mensual de las tareas formativas llevadas a cabo así como un informe final en el último mes de disfrute de la beca, que será valorado por su tutor. |
FECHA DE INICIO | 1 de febrero de 2020 |
CALENDARIO | Desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2020 (con un mes de interrupción, en agosto, durante el que no se desarrollarán actividades ni se abonará el importe de la beca) |
HORARIO | La dedicación semanal será de no más de 20 horas, a desarrollar de lunes a viernes en horario de mañana, de forma compatible con las obligaciones lectivas del alumno.
La distribución de las horas de formación será la siguiente: · Horas de formación reglada: 2%. · Horas de formación in situ; 40% Horas de práctica in situ: 58% |
LUGAR | Instalaciones de la Universidad de Sevilla |